El Presidente podrá llamar al orden a cualquier miembro de la Corporación que: a) Profiera palabras o vierta conceptos ofensivos al decoro de la Corporación o de sus miembros, de las instituciones públicas o de cualquier otra persona o entidad. d) El nombre y apellidos del Presidente, de los miembros http://sonicsquirrel.net/detail/label/curtis78969/8680/