La jurisdicción penal es improrrogable, es decir, las partes no pueden someter el conocimiento y decisión de un asunto a otra autoridad que no sea la señalada en la Ley. Dentro de los órdenes jurisdiccionales de la jurisdicción ordinaria existen Juzgados especializados por razón de la materia. Así por ejemplo, https://thesocialcircles.com/story247285/5-datos-f%C3%A1ciles-sobre-juzgados-en-espa%C3%B1a-descritos